APRUEBAN MODIFICACIONES A LA LEY DE GOBIERNO MUNICIPAL
Redacción
La Septuagésima Legislatura del Congreso del Estado aprobó en segunda vuelta una reforma a la fracción II del artículo 70 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.
“Con la presente reforma se va a clarificar adecuadamente el procedimiento de suspensión temporal de mandato de alguno de los integrantes del ayuntamiento, cuando sobreviene alguna causal de incapacidad física o mental, que no sea de carácter permanente”, mencionó el Diputado Arturo Bonifacio de la Garza.
Actualmente se identifica la incapacidad temporal y la permanente como hipótesis tanto para la suspensión como para la revocación de mandato de los integrantes del ayuntamiento, lo cual resulta en una incertidumbre jurídica que, opera en perjuicio no sólo del regidor o síndico afectado, sino del ayuntamiento y consecuentemente, de toda la población gobernada en el municipio.
El dictamen fue aprobado por unanimidad de los Diputados.